En virtud de las consultas realizadas por nuestra organización a la Directora General de Carrera Docente acerca del CBA, en el día de hoy el Ministerio de Educación comunicó las siguientes aclaraciones:
1. Aquellos docentes titulares de cargos de conducción (Maestro secretario, Vicedirector, Director) que hayan aprobado el curso básico de ascenso durante los años 2019 y 2020 no se encuentran obligados a realizar el tramo II. Sin perjuicio de ello pueden acceder a la inscripción para mejorar nota.
2. Aquellos Maestros secretarios titulares que no cuenten con el curso básico de ascenso vigente y que aspiren al ascenso a cargos de conducción (Vicedirector – Director), solo deberán realizar el tramo II.
3. Aquellos Vicedirectores titulares que no cuenten con el curso básico de ascenso vigente y que aspiren al ascenso al cargo de Director, solo deberán realizar el tramo II.
4. Aquellos Directores titulares que no cuenten con el curso básico de ascenso vigente y que aspiren al ascenso a cargos de supervisión (Supervisor adjunto/ Supervisor escolar) solo deberán realizar el
tramo III (Tramo correspondiente a los cargos de supervisión).
5. Aquellos docentes que habiendo participado del tramo I y aspiren al ascenso a cargos de conducción (Vicedirector – Director) deberán preinscribirse al tramo II, y solo serán seleccionados quienes hayan aprobado la evaluación.
6. Aquellos docentes que se encuentren dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo, hayan tramitado y cuenten con permiso vigente, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 147/2020 y sus modificatorios y la Resolución N° 622/GCABA/SSGRH/2020 y sus modificatorias podrán participar de manera virtual de los encuentros correspondientes al tramo II del Curso de Ascenso.