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martes 23 abril, 2024
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Impuesto a los Ingresos 4ta. Categoría – Cargas de Familia

Actualización de Cargas de familia

SIRADIG – 2019

Dirección General Administración y Liquidación de Haberes

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos Informa:

En vistas a la implementación de una nueva metodología que automatizará el proceso de subida a SIAL de la información cargada en SIRADIG (DDJJ de impuesto a los ingresos – F. 572 web), procederemos a la actualización de cargas de familia declaradas en dicho formulario (cónyuge o hijo).

En consecuencia, será requisito OBLIGATORIO para todos aquellos agentes del GCBA que deduzcan cargas de familia y no hayan realizado declaración jurada correspondiente al período fiscal 2019 o 2020, regularizar su situación ingresando una declaración correspondiente al período fiscal 2019 mediante el módulo SIRADIG – AFIP detallando todas las cargas de familia que posee, dado que todo registro anterior al 01/01/2019 será cerrado en el sistema a partir de la liquidación de febrero 2019.

Para que la declaración anteriormente mencionada sea tenida en cuenta en el pago de sueldos de febrero, deberá ser presentada antes del 15 de dicho mes. Todas las declaraciones presentadas con posterioridad serán procesadas con sueldos de marzo.

Se considera carga de familia al cónyuge o a la hija, hijo, hijastra o hijastro menor de 18 años o incapacitado para el trabajo. También es requisito que la persona esté a cargo del trabajador, que sea residente en el país y que no obtenga ingresos anuales superiores al mínimo no imponible.

En el caso de los hijos, la deducción será computada por quien posea la responsabilidad parental de acuerdo a lo que indica el Código Civil y Comercial de la Nación. Si la responsabilidad parental la tienen ambos padres y a los dos se les retiene Impuesto a las Ganancias del sueldo, cada uno puede computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100%.

Es importante tener en cuenta que se debe contar con el CUIL –Código Único de Identificación Laboral- de cada una de las cargas de familia para poder ingresarlas al sistema, por lo que recomendamos tener este dato antes de comenzar la carga en el sistema.

Si alguna de las personas a ingresar como carga de familia todavía no tiene CUIL, se puede gestionar presencialmente sin turno previo en cualquier delegación de ANSES.

Por reclamos y liquidaciones de haberes:

4339-7778/7871   /   [email protected]

Para más información ingresar a:

http://www.afip.gob.ar/572web/

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