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viernes 19 abril, 2024
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Penalización Actos Públicos- Decreto 209/22

El Ministerio de Educación informó que a partir del 8 de Agosto del 2022 entra en vigencia la penalización de los actos públicos según lo establecido en el Decreto 209/22.
A continuación adjuntamos el comunicado de la Coreap respecto a cómo se llevarán a cabo las mismas:

• La nueva penalización frente a la renuncia o no toma de posesión de un cargo u horas cátedras, contemplará en primera instancia una inhabilitación por un lapso de 30 días, en el cual no podrá postularse ni inscribirse. Transcurrido dicho lapso, podrá postularse, pero su orden de mérito se verá afectado participando como docente penalizado.

• Si ha sido designado y se encuentra cubriendo un cargo en las áreas de Inicial, Primaria, Adultos Primaria y/o Especial, en posteriores actos públicos podrá postularse al mismo cargo pero no podrán ser seleccionadas como de su interés las vacantes que correspondan al mismo turno o que generen una incompatibilidad horaria.

• El orden para la asignación de vacantes estará dado en primer lugar por el listado ordinario vigente, en segundo lugar las inscripciones realizadas por Art. 66L, y seguido luego por aquellos docentes que se encuentren penalizados.

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