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sábado 20 abril, 2024
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Prórroga Impuesto a las Ganancias

A través de la Resolución General 5165/2022 la AFIP extiende hasta el 13 de abril el plazo para que los/as empleados/as en relación de dependencia informen sus deducciones y pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2021.

El trámite es digital y se realiza totalmente en línea accediendo con CUIL y clave fiscal al portal de AFIP, a través del servicio “SIRADIG – Trabajador” presentando el Formulario 572 web.

Los/las contribuyentes pueden deducir:

– Las cargas de familia (hija, hijo, cónyuge o conviviente);

– La remuneración del personal de casas particulares,

– Alquileres de inmuebles destinados a casa habitación.

– Cuotas médico asistenciales.

– Honorarios de asistencia sanitaria, médica y paramédica.

– Intereses por préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación

– Donaciones realizadas a diferentes instituciones

– Los importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio, entre otros.

– Las percepciones y/o pagos a cuenta que hayan sufrido provenientes de la Compra de billetes y divisas en moneda extranjera entre otras

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